Plantea iniciativa hasta 10 años de prisión por despojo de inmuebles a personas mayores de 60 años y con discapacidad

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  • El diputado José Luis Montalvo (PT) busca adicionar el artículo 395 Bis al Código Penal Federal

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de enero de 2025. Para imponer pena de seis a diez años de prisión y de quinientas a dos mil Unidades de Medida y Actualización, cuando el delito de despojo de inmuebles se cometa en contra de personas mayores de sesenta años de edad o personas con discapacidad, el diputado José Luis Montalvo Luna (PT) impulsa iniciativa que adiciona un artículo 395 Bis al Código Penal Federal.

También, cuando se simulen actos de ejercicio de autoridad, se utilicen documentos falsos por personas que busquen acreditar la propiedad del inmueble para hacer posesión del mismo, y cuando un servidor público autorizado para tratar datos personales de los ciudadanos participe de la comisión de un crimen en materia de despojo.

En el documento, enviado a la Comisión de Justicia, Montalvo Luna expone que el artículo 395 del Código Penal Federal ya tipifica el delito de despojo de inmuebles, pero es evidente que las disposiciones actuales deben ajustarse a la realidad social, pues la inclusión de las mencionadas agravantes permitirá una mayor eficacia en la persecución de este delito y en la protección del patrimonio de las y los mexicanos.

Advierte que el delito de despojo de inmuebles ha mostrado un alarmante incremento, como lo demuestran las denuncias presentadas en los últimos años. Este fenómeno ha sido impulsado por diversos factores, entre los que destacan la conformación de redes delictivas dedicadas a la apropiación ilegal de inmuebles, con el propósito de obtener importantes beneficios económicos.

Menciona que dichas redes aprovechan la limitada oferta de vivienda nueva en el país, lo que facilita la venta de inmuebles obtenidos ilícitamente agravando la situación. Además, el despojo de inmuebles se comete cada vez con mayor violencia mediante la acción de grupos organizados que se dedican a desalojar a personas de sus propiedades.

Estos grupos suelen aprovechar vacíos en la regularización de tierras o la vulnerabilidad de aquellos que, aun contando con escrituras públicas, son víctimas de intimidación y violencia, situación que exige la actualización de la legislación penal para sancionar más severamente tales conductas, enfatiza.

El diputado José Luis Montalvo indica que actualmente el Código Penal Federal no contempla agravantes adecuadas para este delito, lo que resulta insuficiente ante la realidad social que enfrenta el país. Por ello, propone la adición del artículo 395 Bis para incluir circunstancias agravantes específicas.

Abunda que en la simulación de actos de autoridad los perpetradores suelen hacerse pasar por notarios, ejecutores o notificadores para intimidar a las víctimas y facilitar el despojo de inmuebles, por lo que este tipo de acciones generan confusión entre los propietarios, que llegan a creer que están enfrentándose a verdaderas autoridades.

Resalta que las víctimas mayores de 60 años o con discapacidad, son un grupo especialmente vulnerable ante estas redes delictivas, ya que en muchos casos las personas adultas mayores son despojadas por sus propios familiares, lo que agrava aún más el daño sufrido, de ahí que este hecho demanda una protección especial en la norma penal.

Otro aspecto es que en diversas ocasiones funcionarios públicos han sido partícipes en la comisión de estos delitos, ya sea mediante el uso indebido de la información que poseen o por omisión en el cumplimiento de sus deberes. La colusión de servidores públicos con estructuras criminales contribuye a la impunidad, lo que exige que dicha conducta sea severamente sancionada, añade.

Una modalidad creciente en la comisión de este delito, resalta, es la falsificación de documentos para justificar la posesión de inmuebles ajenos. Esa práctica debe ser reconocida como una agravante para garantizar que los ciudadanos cuenten con una protección adecuada de su patrimonio, puntualiza.

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