El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán aprobó esta tarde en sesión a distancia la suscripción del Convenio General de Coordinación y Colaboración que permitirá establecer las bases de coordinación entre el IEPAC y el Instituto Nacional Electoral para la realización del Proceso Electoral concurrente 2020-2021 en la entidad.
En el próximo proceso electoral se renovarán los cargos de diputaciones locales y ayuntamientos, y la jornada electoral deberá realizarse el 6 de junio de 2021.
El Reglamento de Elecciones en su artículo 29 establece que el INE y los Organismos Públicos Locales formalizarán un convenio que contendrá información coordinada respecto a la integración de Consejos Municipales y Distritales; listas nominales de electores; capacitación; datos sobre casillas electorales; documentación y material electoral; observadores electorales; registro de candidaturas; encuestas y sondeos de opinión; y desarrollo de la jornada electoral, entre otros.
Asimismo, se trabajará de manera coordinada en materia de promoción de la participación ciudadana.
En el caso de Yucatán se renovarán 106 alcaldías y 15 diputaciones de representación popular, y se instalarán 106 Consejos Electorales Municipales y 15 Distritales.
Durante la sesión fue aprobado también el acuerdo mediante el cual se determinan los límites de financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos en el estado por sus militantes y simpatizantes, así como el límite individual de las aportaciones de simpatizantes, durante el ejercicio 2020.
La Consejera Presidente, María de Lourdes Rosas Moya, explicó que este tipo de financiamiento es un recurso que pueden recibir o no los partidos políticos a través de aportaciones ciudadanas, sea de militantes o de simpatizantes, así como de diversas actividades que organizan para su autofinanciamiento.
La premisa fundamental es que debe tener un tope y no debe ser mayor al financiamiento público que reciben los partidos políticos, la fórmula corresponde al 30 por ciento del financiamiento público.
De los ocho partidos políticos registrados ante el Instituto únicamente seis tienen derecho a financiamiento público y ninguno de ellos alcanza el tope máximo que, en esta ocasión será, conforme a lo que indica la normatividad vigente, de 26 millones 40 mil 512.93 pesos; y dos millones 148 mil 166.63 pesos por aportaciones de simpatizantes.
Consideró que el tema del financiamiento privado deberá estudiarse más adelante con profundidad pues, si bien los recursos que entran a los partidos políticos por particulares deben estar plenamente identificados para evitar que intereses ajenos a los partidistas tomen control de los partidos, la equidad entre los partidos debe prevalecer siempre, por lo que es necesario buscar el punto de equilibrio.
Respecto a este tema el Consejero Electoral, José Antonio Martínez Magaña, abundó que el financiamiento privado va en relación directo a los partidos que tienen derecho al financiamiento público en el plano estatal.
Los partidos que obtienen cierto porcentaje de la votación en las elecciones tienen derecho a prerrogativas a nivel estatal, los seis partidos que tienen este derecho en el caso de la entidad pueden, de acuerdo a la ley, obtener el financiamiento privado.
En otro asunto durante la sesión, que fue transmitida a través del canal de Youtube Iepac Yucatán, fueron aprobados los criterios para el acompañamiento institucional rumbo a la titulación de las y los becarios del programa de posgrado de la Maestría Interuniversitaria en Derechos Políticos y Procesos Electorales.
La Consejera Electoral Alejandra Pacheco Puente recordó que este posgrado surge del convenio firmado el 6 de diciembre de 2018 entre el IEPAC y la Universidad Autónoma de Tlaxcala, el cual tenía como objetivo fortalecer la profesionalización del personal del Instituto, el impulso al régimen de partidos y la difusión al conocimiento y especialización en temáticas relacionados con los procesos electorales.
Actualmente la Maestría, que consta de 16 asignaturas e inició el 22 de enero de 2019, es cursada por 35 personas y concluirá el próximo 29 de agosto.
Durante Asuntos Generales el Consejero Martínez Magaña, en su calidad de Presidente de la Comisión Permanente de Prerrogativas, informó que se ha dado seguimiento a la entrega de prerrogativas a los partidos políticos y, al corte al mes de mayo, se han entregado 38 millones 699 mil 95.65 pesos.
De ese monto, detalló, se han retenido por concepto de multas impuestas por el Instituto Nacional Electoral cuatro millones 326 mil 113.88 pesos, los cuales han sido transferidos, conforme a la ley, a la Secretaría de Investigación, Innovación y Educación Superior.
La Consejera María del Mar Trejo Pérez informó por su parte que el pasado 8 de mayo una empresa certificadora realizó la auditoría de la documentación requerida para la certificación de la Norma Oficial Mexicana 025 en Igualdad Laboral y No Discriminación.
El Instituto alcanzó una calificación de 87 puntos que la hace acreedora al certificado correspondiente.
Recordó que esta NOM es un mecanismo que se otorga a organismos que cuentan con prácticas que contribuyen a la igualdad laboral entre las y los trabajadores como el caso del IEPAC que cuenta con el Manual de Accesibilidad, el Manual de Lenguaje Incluyente y No Sexista y que en los últimos años ha implementado una serie de acciones para generar un ambiente de respeto e igualdad en el ámbito laboral.
En Yucatán únicamente el Centro de Investigación Científica de Yucatán, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Universidad Tecnológica Regional del Sur y una empresa privada cuentan con esta certificación.
En total en todo el país 411 instituciones públicas y privadas han recibido esta Norma.
Previo a Asuntos Generales durante la sesión la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral hizo entrega de su informe de quejas, en términos del artículo 32 del Reglamento de Denuncias y Quejas del Instituto; y la Secretaría Ejecutiva presentó el informe respecto de las peticiones y diligencias practicadas en ejercicio de la función de Oficialía Electoral con fundamento en el artículo 27 del Reglamento para el ejercicio de la función de oficialía electoral de este Instituto.