Reformas a Reglamento para la formación del Personal Técnico Aeronáutico

Nacional
  • Decreto firmado por el presidente, Lic. Andrés Manuel López Obrador y el titular de la Secretaría, Ing. Civil Jorge Arganis Díaz-Leal
  • Establece requisitos para obtención, revalidación, reposición, convalidación de licencias, permisos, autorizaciones y certificados
  • Entrará en vigor a partir de este sábado 22 de enero de 2022

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) dio a conocer el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Expedición de Permisos, Licencias y Certificados de Capacidad del Personal Técnico Aeronáutico.
Firmado por el Presidente de la República, Lic. Andrés Manuel López Obrador, y por el titular de la SICT, Ing. Civil Jorge Arganis Díaz-Leal, la disposición entrará en vigor a partir de este sábado 22 de enero de 2022.
El ordenamiento tiene por objeto establecer los requisitos para la obtención, revalidación, recuperación, reposición, convalidación de licencias, permisos, autorizaciones y certificados de capacidad para la formación, capacitación y adiestramiento del personal técnico aeronáutico.
El documento va acorde a lo dispuesto en la Ley de Aviación Civil y en forma congruente con los demás Reglamentos que derivan de ésta, así como establecer los derechos y obligaciones que confieren dichos documentos.

Aclara que las disposiciones reglamentarias y administrativas que se encuentran en vigor continuarán vigentes en lo que no se opongan al presente Decreto, además de que los trámites iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este se llevarán a cabo de conformidad con la normatividad vigente al momento de su presentación hasta su conclusión.

Para mayor detalle sobre el contenido del documento oficial, acceder al siguiente link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5641135&fecha=21/01/2022.

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